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UniversidaddeCádiz
Sección Sindical CSIF
noticia

Solicitud al Rector sobre trienios 2 febrero 2024

Solicitud al Rector sobre trienios

Con fecha 7 de junio de 2023 se publicó en BOJA el texto de la nueva Ley de la Función Pública de Andalucía

Una Ley que, según se indica en su Artículo 3Apartado 1 c), es de aplicación al personal de las Universidades Públicas de Andalucía.

Asimismo, según se indica en la Disposición final quinta, su entrada en vigor se produciría a los 6 meses desde su publicación en BOJA.  Es decir, esta Ley está en vigor desde enero del presente año.

Gracias a la presencia de CSIF en la negociación de la citada Ley, como se indica en el Artículo 65 de la misma:

Los trienios se percibirán, en su totalidad, por las cuantías que correspondan al subgrupo o grupo de clasificación en el que el personal funcionario se encuentre en servicio activo en el momento de su devengo, o del cuerpo desde el que hubiera pasado, en su caso, a la situación de servicios especiales, sin que ello pueda suponer que perciba un importe inferior equivalente a la suma total de los importes individualizados de los trienios que tenga reconocidos en cada grupo o subgrupo, en cuyo caso percibiría estos.

Hasta ahora, los trienios se han estado cobrando en función del grupo al que pertenecía el trabajador en el momento en que se cumplía el trienio.

A partir de ahora, todos los trienios se cobrarán según el grupo en que el trabajador se encuadre en ese momento, salvo que el trabajador ya cuente con trienios anteriores en grupos superiores, en cuyo caso se respetará el importe de esos trienios.

Para aclarar mejor las consecuencias positivas de esta Ley en cuanto al cobro de trienios, para el personal funcionario lo explicaremos con varios casos prácticos.

Caso 1.

3 trienios: 2 de grupo C2 + 1 de grupo C1 (el grupo actual).  El trabajador percibirá, en la nómina de cada mes, el importe correspondiente a 3 trienios de grupo C1.

Caso 2.

5 trienios:  1 de grupo C2 + 3 de grupo C1 + 1 de grupo A2 (el grupo actual).  El trabajador percibirá, en la nómina de cada mes, el importe correspondiente a 5 trienios de grupo A2.

Caso 3.

3 trienios: 2 de grupo A2 + 1 de grupo C1 (el grupo actual).  El trabajador percibirá, en la nómina de cada mes, el importe correspondiente a 2 trienios de grupo A2 y 1 trienio de grupo C1.  Es decir, se respeta el importe de los trienios anteriores de grupo superior.

Caso 4.

4 trienios: 2 de grupo A2 + 1 de grupo C1 + 1 de grupo A1 (el grupo actual).  El trabajador percibirá, en la nómina de cada mes, el importe correspondiente a 4 trienios de grupo A1.

ACLARACIÓN.  Puede parecer extraño que un trabajador, a lo largo de su carrera, baje de grupo (casos 3 y 4).  No es lo habitual, pero vamos a poner algunos ejemplos:

Ejemplo 1. 

Persona que comenzó en la UCA como interino de grupo A2 Escala Gestión Universitaria, y luego aprueba la oposición de la escala Auxiliar Administrativa grupo C2 de Administración.

Ejemplo 2. 

Persona que comenzó en la UCA como interino de grupo A2 de Bibliotecas, y luego aprueba la oposición de la escala Auxiliar Administrativa grupo C2 de Administración.

Ejemplo 3. 

Persona que ha sido funcionario C1 de otra Administración y aprueba unas oposiciones de C2 en la UCA.

Los efectos económicos de esta Ley ya se han aplicado al personal de la Junta de Andalucía en la nómina de enero de 2024, pero no se ha hecho lo propio en las nóminas del personal de la UCA.
Os informamos que la Sección Sindical de CSIF ha presentado escrito al Rector solicitando la aplicación de los efectos económicos de la citada Ley desde la nómina de enero del presente año.

Ponemos a vuestra disposición el archivo con dicho escrito para vuestra información.

Casimiro Mantell Serrano Trienios.report 1